Los empleadores tienen hasta el 14 de febrero para consignar las cesantías a sus trabajadores y hasta el 31 de enero para el pago de los intereses de cesantías. Cada año las empresas consignan a sus empleados las cesantías e intereses de cesantías en los Fondos como: Porvenir, Protección, ColFondos, entre otros dispuestos para tal fin. Estos dineros están destinados para varios usos: como fondo de ahorro para un periodo en el que el trabajador esté cesante de trabajo, para invertir en educación y,también, para vivienda. Una decisión inteligente es invertir este dinero en vivienda nueva.
Conoce: Proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS)
¿Qué son las cesantías?
Las cesantías son una prestación social que el empleador debe pagar a todos sus trabajadores como un adicional al salario ordinario. Este monto equivale a un mes de salario por cada año trabajado. Si usted no ha cumplido el periodo de un año, no se preocupe que podrá recibir una cantidad proporcional al período laborado, además de los intereses que equivalen a un 12 % anual o proporcionales por fracción, de acuerdo con la Ley 50 de 1990.
¿Cuánto es el pago de las Cesantias?
Las Cesantías equivalen a un salario mensual por conceptos de un año laborado al que tiene derecho el trabajador por un año de labor. Plazo máximo de cconsignación hasta el 14 de febrero.
Las Cesantias se consignan en el Fondo de Cesantías al cual el empleado esté afiliado.
¡Ten presente! Si no conoces o no recuerdas en qué Fondo consignan tus cesantías, consulta con la dependencia de gestión humana de tu organización.
Conoce aquí: Subsidios de vivienda vigentes en este 2024
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Intereses de las Cesantías:
Derecho que tiene el trabajador al reconocimiento de unos intereses por el ahorro anticipado que generó el empleador. Estos intereses equivalente al 12%. Plazo de consignación hasta el 31 de enero.
Estos intereses de cesantías se consignan directamente al trabajador.
Utiliza tus Cesantías para Vivienda:
Existen diversas maneras de utilizar tu dinero ahorrado en los Fondos de Cesantías y destinarlo a vivienda:
- Compra de lote o terreno.
- Ampliación o mejoras de tu vivienda.
- Liberación de gravámenes hipotecarios o impuestos asociados a la vivienda (Predial, valorización).
- Compra de proyectos sobre planos.
Algunos de los requisitos son:
- Debes presentar una carta original de la empresa en la que estés trabajando en esta se autoriza el retiro de las cesantías ante tu Fondo de Cesantías.
- Copia y original del documento de identificación.
- La fotocopia de la Carta de Aprobación del Crédito, en caso que ya hayas aplicado a uno.
- Visitar tu Fondo de Cesantías y solicitar inmovilizar las cesantías con la carta original del empleador junto con la cédula de ciudadanía y una copia de la misma.
- No olvides: llevar el documento de separación de la vivienda para que te entreguen un formulario para la inmovilización.
Conoce aquí el paso a paso para el retiro de tus Cesantías
¿En qué consiste inmovilizar las Cesantías?
Las personas afiliadas a Cesantías que su ingreso sea menor a 4 salarios mínimos mensuales (SMMLV) y no tengan vivienda propia, tienen la posibilidad de postularse para recibir un subsidio familiar de vivienda. Para hacerlo, deben tener ahorrado el 10% del subsidio que esperan recibir, y dicho ahorro puede demostrarse con la inmovilización de las cesantías.
La inmovilización de Cesantías es un paso del proceso de postulación al subsidio de vivienda que entrega el Gobierno Nacional por medio de las Cajas de Compensación Familiar y la Caja de Vivienda Popular.
Recuerda que cada empresa cuenta con políticas y procedimientos diferentes para el trámite de retiro de cesantías. Es importante que valides con el área de gestión humana cómo es el procedimiento para realizar el retiro de tus cesantías.
Mitos y verdades sobre las Cesantías
Aquí te presentamos los mitos más comunes que hemos oído respecto a la Cesantías. También, conoce las verdades.
Mito: Las Cesantías no genera intereses.
Verdad: Los intereses de las cesantías son un valor adicional que recibe el trabajador y corresponde a un 12 % anual del valor total de las cesantías o proporcional por fracción del año trabajado para quienes no cumplen con un periodo completo de un año de labores.
Mito: Los Fondos de Cesantías se demoran mucho en entregarlas.
Verdad: Cuando un trabajador decide retirar su ahorro de cesantías y cumple con los documentos de ley, tiene la posibilidad de recibir sus cesantías el mismo día en que realiza la solicitud.
Mito: Las Cesantías son un dinero extra.
Verdad: Las Cesantías son una prestación social de los trabajadores formales en Colombia. Si la persona requiere hacer uso de este efectivo, debe presentar evidencia en el Fondo de Cesantías donde las están administrando, este dinero irá destinado para los fines contemplados por la Ley.
Ahora que ya sabes conoces más a fondo información son las cesantías, en qué casos las puedes usar y cómo usarlas para vivienda, no dudes en invertir estos ahorros en bienes que aumenten tu patrimonio familiar. En Estrenar Vivienda te ofrecemos herramientas que facilitan el proceso de compra de vivienda nueva. Te invitamos a explorar nuestra portal y hacer uso de los simuladores de subsidio, hipoteca, endeudamiento, entre otros.
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